27 de noviembre de 2010

IVA Retenido – Quienes Están Obligados Presentarlo

Este concepto de Impuesto Al valor Agregado data por el Año 1342, en donde el rey Alfonso XI implanto este nuevo tributo, el cual en la actualidad ha sido implementado en númerosos países del mundo, los cuales ya conocen el significado de Iva Retenido.

El Iva Retenido esta conceptualizado como un impuesto indirecto sobre las ventas, siendo los obligados a presentar su declaración las empresas que están calificadas como de Régimen Común.

Es obligatorio presentar el formulario del Iva Retenido de manera bimestral, diligenciándolo el respectivo formato y presentándolo ante las entidades financieras autorizadas para su recaudación. Si el formulario no se presenta en las fechas estipuladas, la empresa incurrirá en la multa respectiva.

Para no estar obligado al Iva Retenido como personal natural su patrimonio bruto no debe exceder la cifra de 4.500 UVT (unidad de Valor Tributario), igualmente que sus ingresos brutos no superen la cifra de 3.300 UVT.

De la misma forma si realizas compras por 2.800 UVT y has tenido un movimiento Bancario en donde tus consignaciones sean mayores a 5.500 UVT, debes estar pendiente porque estás obligado a diligenciar el formulario para detallar el Iva Retenido.

También tener mucho cuidado con las compras que efectúes por medio de la tarjeta de crédito, debido a que si registras transacciones superiores a los 2.800 UVT, estarás obligado a presentar el formulario del Iva Retenido.

Si por algún motivo no tienes el dinero del Iva Retenido, por ningún motivo debes dejar de presentar la declaración de IVA, simplemente llenas todos los datos y el valor del impuesto a cancelar y en el pago a efectuar llénalo con un cero, con este sencillo paso te evitarás que te cobren una cuantiosa multa por no presentar la declaración.


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